José Miguel Ortiz destacó hoy la aprobación de la iniciativa que permite a las mujeres trabajadoras, que cuentan con el beneficio de sala cuna paralos hijos menores de dos años, mantener este derecho aún cuando estén haciendo uso de licencia médica, descanso maternal o cualquier otro permiso legal que justifique la ausencia de su trabajo.
Como “un nuevo paso en la defensa de los derechos de los trabajadores y, en este caso, de la maternidad y la familia”, calificó hoy el diputado DC José Miguel Ortíz, la aprobación del proyecto que perfecciona el acceso a sala cuna para los hijos de mujeres trabajadoras.Sobre el proyecto, Ortíz explicó que “si bien existe el derecho a Sala Cuna para las madres trabajadoras con hijos menores a dos años, la norma establece explícitamente que este beneficio sólo se aplica mientras la mujer se encuentra desempeñando sus funciones laborales”.Agregó que “esto deja afuera del beneficio a las mujeres que se encuentran con licencias médicas o que solicitan permisos administrativos, y que no pueden atender adecuadamente a sus hijos en su domicilio particular, pero sí podrían llevarlos a las salas cunas mientras dure su permiso o licencia”.De esta manera, el proyecto, que ahora será visto por el Senado en segundo trámite constitucional, modifica el primer inciso del artículo 203 del Código del Trabajo, que señala que las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, deberán tener salas anexase independientes al local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo.
Comunicaciones
Oficina Parlamentaria
Diputado José Miguel Ortiz Novoa
Distrito 44
Como “un nuevo paso en la defensa de los derechos de los trabajadores y, en este caso, de la maternidad y la familia”, calificó hoy el diputado DC José Miguel Ortíz, la aprobación del proyecto que perfecciona el acceso a sala cuna para los hijos de mujeres trabajadoras.Sobre el proyecto, Ortíz explicó que “si bien existe el derecho a Sala Cuna para las madres trabajadoras con hijos menores a dos años, la norma establece explícitamente que este beneficio sólo se aplica mientras la mujer se encuentra desempeñando sus funciones laborales”.Agregó que “esto deja afuera del beneficio a las mujeres que se encuentran con licencias médicas o que solicitan permisos administrativos, y que no pueden atender adecuadamente a sus hijos en su domicilio particular, pero sí podrían llevarlos a las salas cunas mientras dure su permiso o licencia”.De esta manera, el proyecto, que ahora será visto por el Senado en segundo trámite constitucional, modifica el primer inciso del artículo 203 del Código del Trabajo, que señala que las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, deberán tener salas anexase independientes al local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo.
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